En los Estados Unidos de América existe una ley que establece que cualquier extranjero (residente de cualquier otro país) o cualquier persona física que no sea considerada nacional estadounidense y que posee propiedades en dicho país, como son de Real Estate, cuentas bancarias, joyas, algunas acciones en bolsa, entre otras, en dicho país será sujeto al impuesto sobre herencias, el cual será calculado sobre el valor de los bienes de cada persona fallecida.
El impuesto sobre herencias para extranjeros no es tan conocido por los inversionistas que tienen patrimonio en Estados Unidos y en múltiples ocasiones crea confusiones entre las personas físicas no residentes en dicho país, dado que regularmente se considera que únicamente aquel que está domiciliado en Estados Unidos será sujeto al mismo, lo cual es un error, debido que, tal como lo dice la ley, toda propiedad situada en los Estados Unidos, será gravada al momento del fallecimiento de la persona.
Sobre el cálculo del impuesto
El impuesto sobre herencias será aplicado a la masa hereditaria que se tenía hasta el momento del deceso, por lo que, dicho desconocimiento podría traer consigo un costo muy alto para los herederos al momento de recibir su patrimonio hereditario.
Sobre los puntos mas importantes a considerar respecto al impuesto a la herencia en los Estados Unidos se enlistan los siguientes:
- Lugar de propiedad.
- Tipo de propiedad sujeto a impuesto sucesorio.
- Valor de propiedad para efectos de impuesto sucesorio.
- Tipo de impuesto sucesorio.
- Obligación del pago del impuesto sucesorio
- Sanciones – multas por la omisión de la presentación de declaraciones.
Una vez analizandas las características del impuesto a la herencia para extranjeros en Estados Unidos, es conveniente conocer distintos mecanismos legales que son de gran ayuda para el contribuyente y le garantiza protección ante dicho impuesto. Lo anterior, mediante diversas estructuras que otorgarán un blindaje a su patrimonio. La estructura más apropiada y simple para remover y eliminar el impuesto sucesorio, es a través de una persona moral establecida en una jurisdicción fuera de los Estados Unidos, sobre todo, una jurisdicción que no tenga impuesto sucesorio e impuesto sobre los ingresos o utilidades de tal compañía.
Lee el artículo completo en la Revista LEGADO edición agosto 2022.
SOBRE LA AUTORA: Graciela Nichols es Asesora legal fiscal internacional, socia de la firma Nichols, Dominguez & Velázquez.
Tal vez te puede interesar este programa: