El patrimonio puede ser generado especialmente por cinco conductos:
- Recibirlo por herencia o legado,
- Generarlo a través de la prestación de servicios dentro de la empresa, escalando a altos puestos directivos
- Prestando servicios profesionales independientes conjunta o separadamente
- Realizando exitosamente actividades empresariales
- Mediante la explotación del patrimonio a través de su inversión en valores de renta fija o renta variable.
Ocasionalmente los podremos generar mediante la explotación de la creatividad artística, cinematográfica, intelectual, científica o de cualquier otra naturaleza que permita la generación de derechos de autor o de regalías.
El patrimonio familiar de las personas empresarias puede estar formado por bienes y derechos, aunque en algunos casos se incluyen deudas (mismas que deben ser traspasadas a la siguiente generación).
La legislación mexicana permite diversos regímenes de tributación fiscal que representan beneficios específicos, acorde al tamaño y giro de las empresas al que se dedique la actividad empresarial. Pudiera ser que una buena parte de actividades puedan ser desarrolladas por las empresas familiares. El grupo de sociedades, llamado anteriormente consolidación fiscal y que nos permitía deducir fiscalmente las pérdidas fiscales obtenidas en cualquier giro de empresas, contra la utilidad fiscal de otra empresa, en la proporción de la tenencia accionaria y permitir el libre flujo de dividendos entre ellas.
Cómo transmitir el patrimonio por cambio generacional
En México, tanto la herencia como los legados se pueden transmitir libres de impuestos, particularmente el Impuesto sobre la Renta. Si hay transmisión de inmuebles, habrá que estudiar la legislación estatal correspondiente por el impuesto sobre adquisición de inmuebles generalizado en las legislaciones estatales.
Una de las precauciones obligadas de las personas físicas que tienen una diversidad de bienes y derechos en su patrimonio es hacer un testamento en el que se describan los bienes muebles e inmuebles más importantes, así como las cuentas por cobrar y derechos adquiridos, así como la forma en que los mismos serán distribuidos. De no tener testamento una persona que fallece, deberá iniciarse un proceso conocido como juicio de intestado, ya sea ante un juez de lo familiar o ante notario.
Para tener una versión óptima de su testamento, es conveniente hacer una ubicación adecuada de los mismos, de manera que su transmisión no signifique la intervención de peritos o la siembra de disgustos y malentendidos que conllevan a un alejamiento de las relaciones familiares.
Otras maneras de trascender a través del patrimonio
Una vez que las necesidades económicas han sido cubiertas, es importante tener en mente la misión que debe tener cada persona y cada organización: trascender en el tiempo y en el campo de la ciencia o humanidades que más satisfagan el gusto de los titulares del patrimonio:
Crear un fideicomiso para que administre los bienes que un integrante de la familia no tiene facilidad o capacidad para la administración patrimonial puede ser una muy buena opción y anticipará el error de incurrir en malas prácticas que destruyan la parte del patrimonio que le corresponda.
Si no se desea recibir mérito alguno por sus aportaciones a la posteridad, también se puede trascender a través de donaciones a instituciones ya establecidas y muy reconocidas en la localidad, nacional o internacionalmente, educativas, de investigación, de asistencia social o médica.
Colocación estratégica del patrimonio
El efectivo, joyería, obras de arte y otras colecciones, derechos de autor o regalías, derechos de tiempo compartido, seguros de vida y propiedad inmueble funeral y servicios funerales a futuro, deberán distribuirse como lo señale el testamento y, de no existir, se deberán distribuir de conformidad con el apartado de sucesión legítima que contiene el Código Civil Federal. En el testamento pueden fijarse condiciones a cumplir para disponer de la parte heredada.
En caso de realizar actividad empresarial, el albacea que se nombre deberá administrar la masa hereditaria hasta su distribución en los términos fijados en el testamento. Lo mismo sucederá cuando al ser accionista o socio de una sociedad civil o mercantil, es testador funja con una actividad de administrador, salvo que el mismo haya nombrado un sucesor en la administración de dichas empresas.
Existen profesionistas e instituciones especializadas en la transición generacional de empresas que son una excelente opción para atender profesionalmente este tema.
Lee el artículo completo en la Revista LEGADO edición agosto 2022.
SOBRE EL AUTOR: Pedro Pablo Moreno es profesor emérito del Tecnológico de Monterrey y profesionista de excelencia por la Federación de Colegios Profesionales del Estado de Nuevo León.